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martes, 19 de septiembre de 2017

Podemos Vélez-Málaga desmonta punto por punto las “aclaraciones” del consejero delegado de EMVIPSA, David Vilches





Ni una sola de las afirmaciones formuladas por el edil del GIPMTM en torno a nuestra crítica a las bolsas de empleo de la empresa pública se atienen a la realidad.

Vélez-Málaga, 19 de septiembre de 2017-: Este pasado lunes, escasas horas después de que el círculo de Podemos Vélez-Málaga emitiese un escrito señalando los serios déficits que a nuestro juicio contienen las bases generales para la creación de 16 nuevas bolsas de empleo promovidas por EMVIPSA, el consejero delegado de esta empresa municipal respondía enviando a los medios otro comunicado en el que acusaba a nuestra formación de “un total desconocimiento” y de llevar “a equívoco a la opinión pública”. Comoquiera que quien parece no haberse leído las bases es él, nos vemos en la obligación de desmentir unas supuestas aclaraciones que no solo no se atienen a la realidad sino que resultan especialmente graves tratándose del máximo responsable de esta entidad pública.

1) Asegura el señor Vilches que si se tuvieran “en cuenta las circunstancias personales y familiares” de los solicitantes, como así nos parecía adecuado, esto supondría incurrir en una “ilegalidad”, toda vez “que esto solo lo permite la ley para los planes de empleo”, que no sería el caso. Sin embargo, hay que recordarle al concejal que a más méritos el aspirante justifica ser la persona más adecuada para el desempeño de los cometidos propios de la plaza ofertada. La confección de los méritos en las bases de la correspondiente convocatoria debe respetar, por tanto, los principios de igualdad, mérito y capacidad sancionados en el Estatuto Básico del Empleado Público y en los artículos 14 y 23.2 de la Constitución, sin menoscabo de que los consejos de administración de numerosas empresas públicas municipales, siendo sensibles a la realidad social de su municipio, hayan optado por incluir criterios sociales entre los méritos a aportar por los aspirantes. Ahí están los casos de ayuntamientos andaluces como los de Fuente Vaqueros, Láchar, Mengíbar o Puente Genil, entre otros, que sí han tenido la voluntad de aplicar la legislación vigente en un sentido social y progresista.

2) A la hora de establecer los requisitos de los aspirantes, desde Podemos habíamos denunciado que determinados colectivos de extranjeros con residencia legal en España quedaba excluidos, lo que nos parecía injustificable, lo que el señor Vilches ha despachado -si nosotros no nos hemos leído las bases él parece no demostrar en el caso que nos ocupa una gran comprensión lectora- remitiéndonos al párrafo en el que se establece como condición: “Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores”. Es decir, que nos da la razón, pues si efectivamente el objetivo era no cerrar la puerta a nadie bastaba con remitirse, como así consta en innumerables bases de bolsas de empleo desperdigadas por todo el país, al artículo 57 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, donde dice: “los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.” Extranjeros con residencia legal. Y punto.

3) Por último, en nuestro comunicado habíamos mencionado “las razonables dudas que sobre la imparcialidad del Tribunal de Baremación y Selección pudieran generarse al haberse primado claramente en su composición la adscripción política de los miembros a su idoneidad técnica”. De más está decir que son dudas que a nosotros nos parecen razonables, de lo que no se deduce que hayan de convertirse en hechos ni que deban ser motivo de preocupación para la mayoría de la ciudadanía. Al fin y al cabo, ¿cuándo se ha escuchado alguna vez que alguien haya entrado a trabajar para nuestro Ayuntamiento por otra cosa que no sean sus acreditadísimos méritos? Pero nuestra inquietud presente no se basa en ningún antecedente sino en lo que salta a la vista y es constatable por todos. Reproducimos literalmente de las bases:

“El Tribunal de Baremación y Selección tendrá la siguiente composición, teniendo cada uno de sus componentes voz y voto:

Presidente: El Sr. Consejero Delegado o persona en quién delegue.

Vocales: - 3 Miembros del Consejo de Administración.

El Director Gerente.

Técnico de EMVIPSA.

1 Miembros del Comité de Empresa.

Secretario: El Asesor Jurídico de EMVIPSA. Formará parte del Tribunal de Selección, con voz pero sin voto.”

No hay que saber leer, solo hay que saber sumar para percatarse de que 5 de los 7 miembros con voz y voto del Tribunal son de designación política. Es decir, que cuando habla de “técnicos” y “miembros sindicales” el señor Vilches confunde deliberadamente el singular con el plural pues una mayoría clara del órgano está nombrada por los propios partidos, cuando no son directamente políticos. ¿Quiere decir esto que se van a comportar de manera parcial, arbitraria o clientelar? Nunca hemos dicho eso. Solo constatamos que existe un desproporcionado peso político en un órgano de especial relevancia y que para evitar toda sospecha y mejorar la cualificación del tribunal sería aconsejable hacer caso a quienes, como el propio Tribunal Supremo en numerosas sentencias, recomiendan despolitizar y tecnificar este tipo de órganos de selección.

En definitiva, si lo que se pretendía era despejar cualquier equívoco, el consejero delegado de EMVIPSA solo tenía que haber explicado sus motivos para justificar por qué estas bases son las que son en vez de echar balones fuera y falsear la realidad cuando lo que desde Podemos hemos criticado está a la vista de todo el mundo.

Podemos Vélez-Málaga lamenta que no se hayan tenido en cuenta las “circunstancias personales” de los solicitantes en las nuevas bolsas de trabajo de EMVIPSA

Fuente foto: web de EMVIPSA


La formación morada condena, asimismo, la vulneración de derechos de los extracomunitarios con residencia legal en España, excluidos de manera injustificable del proceso, y cuestiona la idoneidad del Tribunal de Selección

Vélez-Málaga, 18 de septiembre de 2017-: El concejal delegado de la Empresa Municipal de la Vivienda, EMVIPSA, anunció la pasada semana la creación de 16 nuevas bolsas de trabajo que pretenden cubrir todos los servicios que presta la empresa municipal. 

Desde Podemos Vélez-Málaga siempre hemos sido muy críticos con la forma en que el acceso al empleo público se ha venido desarrollando históricamente en nuestro municipio, favoreciendo de manera descarada la arbitrariedad y opacidad en la selección y promoviendo un indisimulado clientelismo.  Por eso, celebramos que entre los méritos a baremar en este procedimiento en vez del parentesco o la filiación política lo que se tenga en cuenta sean elementos como la formación académica o la experiencia profesional.

Sin embargo, hay aspectos esenciales recogidos en las bases publicadas el pasado 14 de septiembre -año y medio después de que su Consejo de Administración acordara la creación de la Comisión Técnica que había de encargarse de la redacción de las mismas- que merecen nuestra total reprobación, como es el hecho de que estén ausentes entre los requisitos que se les exigen a los aspirantes aquellos de carácter social, no teniéndose en cuenta en la baremación las circunstancias personales y familiares de los aspirantes.

Las administraciones públicas, en cualquiera de sus ámbitos de responsabilidad, tienen la obligación de favorecer la integración laboral y social. Han de establecer, por tanto, medidas que favorezcan la empleabilidad de colectivos especialmente afectados por el desempleo -como es el caso de los desempleados de larga duración-, que fomenten activamente la igualdad entre hombres y mujeres y, en definitiva, que se procure el acceso a los colectivos más desfavorecidos. Por esto, las bases aprobadas deberían recoger para su baremación criterios personales, como ser demandante de primer empleo, demandante de empleo de larga duración, demandante de empleo mujer, demandante mayor de 45 años... También deberían haberse tenido en cuenta criterios familiares, como el cómputo de hijos menores de 25 años o cónyuges desempleados en la unidad familiar, la existencia de familiares dependientes a su cargo, el tratarse de familia monoparental con hijos a cargo, etc.

Extranjeros

Del mismo modo, resulta inexplicable el hecho de que entre los aspirantes que podrán presentar sus solicitudes desde este lunes 18 de septiembre hasta el 17 de octubre se encuentren excluidas aquellas personas que no cuenten con la nacionalidad española o de algunos de los estados miembros de la Unión Europea.

La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público es muy clara a este respecto al prescribir en su artículo 57.4 que los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles. Asimismo, el artículo 10. 2 de Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social  recoge que Los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto, podrán presentarse a las ofertas públicas de empleo que convoquen las Administraciones públicas.

Esto quiere decir que el requisito restrictivo que sí opera, salvo excepciones, para adquirir la condición de funcionario (poseer la nacionalidad española o la de cualquier país de la UE) no es válido para un proceso selectivo como el que nos atañe ahora y que, por lo tanto, se podría estar incurriendo en una grave vulneración de los derechos fundamentales de un colectivo de vecinas y vecinos, por cierto, bastante numeroso en nuestra localidad.

Si a lo anterior le sumamos las razonables dudas que sobre imparcialidad del Tribunal de Baremación y Selección pudieran generarse al haberse primado claramente en su composición la adscripción política de los miembros a su ideoneidad técnica, desde Podemos Vélez-Málaga no podemos más que lamentar que un proceso que había de ser ilusionante nazca viciado de origen. Si consideramos exigible que todas las actuaciones locales presenten un carácter integral, que la búsqueda de la igualdad de oportunidades pase de ser un derecho y una teoría, a un hecho y una práctica resulta evidente que no se ha avanzado nada en la dirección adecuada.

PODEMOS VÉLEZ-MÁLAGA