Fuente foto: web de EMVIPSA
La formación morada condena,
asimismo, la vulneración de derechos de los extracomunitarios con residencia
legal en España, excluidos de manera injustificable del proceso, y cuestiona la
idoneidad del Tribunal de Selección
Vélez-Málaga, 18 de septiembre de 2017-: El concejal delegado de la Empresa
Municipal de la Vivienda, EMVIPSA, anunció la pasada semana la creación de 16 nuevas bolsas de trabajo que pretenden cubrir todos los
servicios que presta la empresa municipal.
Desde
Podemos Vélez-Málaga siempre hemos sido muy críticos con la forma en que el acceso al
empleo público
se ha venido desarrollando históricamente en nuestro municipio, favoreciendo
de manera descarada la arbitrariedad y opacidad en la selección y promoviendo un indisimulado
clientelismo. Por eso, celebramos que entre los “méritos” a baremar en este procedimiento en
vez del parentesco o la filiación política lo que se tenga en cuenta sean
elementos como la formación académica o la experiencia profesional.
Sin
embargo, hay aspectos esenciales recogidos en las bases publicadas el pasado 14 de septiembre -año y medio después de que su Consejo de Administración acordara la creación de la Comisión Técnica que había de encargarse de la redacción de las mismas-
que merecen nuestra total reprobación, como es el hecho de que estén ausentes entre
los requisitos que se les exigen a los aspirantes aquellos de carácter social, no teniéndose en cuenta en la baremación las circunstancias personales y familiares de los aspirantes.
Las administraciones públicas, en cualquiera de sus ámbitos de
responsabilidad, tienen la obligación de favorecer la
integración laboral y social. Han de establecer, por
tanto, medidas que favorezcan la empleabilidad de colectivos especialmente
afectados por el desempleo -como es el caso de los desempleados
de larga duración-, que fomenten activamente la igualdad entre
hombres y mujeres y, en definitiva, que se
procure el acceso a los colectivos más desfavorecidos. Por esto, las bases aprobadas
deberían recoger para su baremación criterios personales,
como ser demandante de primer empleo, demandante de empleo de larga duración, demandante de empleo mujer, demandante mayor de 45 años... También deberían haberse
tenido en cuenta criterios familiares, como el cómputo de hijos menores de 25 años o cónyuges desempleados en la unidad familiar, la existencia de familiares dependientes a su cargo, el
tratarse de familia monoparental con hijos a cargo,
etc.
Extranjeros
Del
mismo modo, resulta inexplicable el hecho de que entre los aspirantes que podrán presentar sus solicitudes desde este
lunes 18 de septiembre hasta el 17 de octubre se encuentren excluidas
aquellas personas que no cuenten con la nacionalidad española o de algunos de los estados
miembros de la Unión Europea.
La
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público es muy clara a este respecto al
prescribir en su artículo 57.4 que “los extranjeros con residencia legal
en España
podrán
acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en
igualdad de condiciones que los españoles.” Asimismo, el artículo 10. 2 de Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre
derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social recoge que “Los extranjeros podrán acceder como personal laboral al
servicio de las Administraciones públicas, de acuerdo con los principios
constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto, podrán presentarse a las ofertas públicas de empleo que convoquen las
Administraciones públicas”.
Esto
quiere decir que el requisito restrictivo que sí opera, salvo excepciones, para
adquirir la condición de funcionario (poseer la nacionalidad española o la de cualquier país de la UE) no es válido para un proceso selectivo como el
que nos atañe
ahora y que, por lo tanto, se podría estar incurriendo en una grave
vulneración de los derechos fundamentales de un colectivo de vecinas y vecinos,
por cierto, bastante numeroso en nuestra localidad.
Si a
lo anterior le sumamos las razonables dudas que sobre imparcialidad del
Tribunal de Baremación y Selección pudieran generarse al haberse primado
claramente en su composición la adscripción política de los miembros a su ideoneidad técnica, desde Podemos Vélez-Málaga no podemos más que lamentar que un proceso que
había de ser ilusionante nazca viciado de origen. Si
consideramos exigible que todas las actuaciones locales presenten un carácter integral, que la búsqueda de la igualdad de oportunidades pase de ser un derecho y una teoría, a un hecho y una práctica resulta
evidente que no se ha avanzado nada en la dirección adecuada.
PODEMOS VÉLEZ-MÁLAGA
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